Héctor Pérez RiveraOpinión

Juan Gabriel y el derecho a la cultura

Yo no supe valorar a Juan Gabriel mientras vivía. Mi compositor favorito es José Alfredo Jiménez. Entendía, desde luego, su relevancia dentro de la cultura popular latinoamericana, pero todavía no alcanzaba a comprender su grandeza.

En una ocasión presencié un funeral en Granada, Nicaragua. Durante el cortejo, los músicos que acompañaban el féretro tocaban Amor eterno. Entonces comprendí que aquella canción era el réquiem de la cultura popular: la pieza a la que recurrimos cuando el dolor nos deja sin palabras y necesitamos que alguien diga por nosotros aquello que somos incapaces de expresar.

También comprendía la trascendencia de que Juan Gabriel hubiera llevado la música popular al Palacio de Bellas Artes, ese recinto que durante mucho tiempo pareció reservado para las manifestaciones artísticas consideradas «cultas». Y siempre he pensado que La diferencia es una catedral construida para el desamor. 

Sin embargo, fue mi esposa Carolina quien me enseñó a descubrir la sabiduría popular y la profundidad de sus letras, así como la riqueza temática y la variedad musical de sus canciones. Ella me enseñó a amar a Juan Gabriel.

Desde ese amor planteó alguna vez una tesis deliberadamente radical. Cuando hablábamos de los conocidos problemas fiscales del cantante, Carolina sentenció:

—Alguien que da tanta felicidad al pueblo no debería pagar impuestos.

La afirmación es jurídicamente cuestionable. Todos debemos contribuir al sostenimiento del Estado y ninguna celebridad, por querida que sea, puede colocarse por encima de la ley. Pero la ocurrencia de Carolina contenía una provocación intelectual más profunda: ¿cómo se mide lo que un artista aporta a una sociedad? ¿Cuánto vale consolar a millones de personas, acompañar sus amores, sus separaciones y sus duelos? ¿En qué casilla de una declaración fiscal se registra la creación de una memoria sentimental compartida?

Estas preguntas conducen a otras. ¿Sería válido que los artistas de renombre internacional pudieran pagar parte de sus adeudos fiscales ofreciendo conciertos en plazas públicas? ¿Es correcto que del erario se destinen recursos a organizar espectáculos masivos y «gratuitos»? ¿Esos conciertos garantizan un derecho o constituyen solamente una forma costosa de propaganda gubernamental?

Las respuestas no son sencillas. Un concierto gratuito nunca es verdaderamente gratuito: lo pagan los contribuyentes. Y donde existen contratos, escenarios, equipos de sonido y multitudes también pueden aparecer la opacidad, el dispendio y el uso político de los artistas. El derecho a la cultura no debe convertirse en pretexto para contratar espectáculos sin transparencia ni para confundir la política cultural con la popularidad del gobernante en turno.

Pero tampoco podemos aceptar que la cultura quede sometida por completo a las reglas del mercado. Cuando el acceso a un concierto depende exclusivamente de la capacidad de pagar boletos cada vez más caros, la experiencia cultural termina convertida en privilegio. Quienes no pueden cubrir los precios fijados por las grandes corporaciones del espectáculo quedan condenados a contemplar desde lejos aquello que también forma parte de su identidad.

La Constitución mexicana reconoce que toda persona tiene derecho al acceso a la cultura, al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia y al ejercicio de sus derechos culturales. Esto no significa que el Gobierno tenga la obligación de llevar gratuitamente a cualquier cantante a la plaza pública. Significa, en cambio, que debe crear condiciones para que el origen social y la capacidad económica no determinen quién puede participar en la vida cultural del país.

Un concierto popular puede ser una manera legítima de cumplir parcialmente esa obligación, siempre que los recursos se ejerzan con transparencia, que exista una política cultural más amplia y que el espectáculo no sustituya el apoyo a bibliotecas, museos, escuelas de arte, casas de cultura y creadores independientes. La cultura no se democratiza solamente abriendo una plaza durante una noche; se democratiza formando públicos y garantizando oportunidades de creación y disfrute durante toda la vida.

Circula una frase atribuida a Winston Churchill. Se cuenta que, cuando le propusieron recortar el presupuesto de cultura durante la guerra, respondió: «Entonces, ¿qué estamos defendiendo?». La cita parece ser apócrifa, pero la pregunta es verdadera. ¿Para qué queremos una sociedad próspera, segura y ordenada si no podemos compartir aquello que le da identidad, memoria, consuelo y sentido?

Juan Gabriel hizo precisamente eso. Nos dio un vocabulario sentimental. Nos enseñó a decir «te amo», «te extraño», «perdóname» y «ya no puedo más». Sus canciones cruzaron fronteras sociales, nacionales y generacionales. Las cantan quienes asisten a Bellas Artes y quienes acompañan un féretro por las calles de Granada. En esa comunión reside una forma extraordinaria de riqueza pública.

Finalmente, Carolina llevó el debate hasta su punto más difícil:

—¿Qué ha sido más valioso para México: la aportación de Juan Gabriel a nuestra educación sentimental o lo que hubiera podido dejar en las arcas de Hacienda?

Aún no tengo una respuesta. Tal vez la pregunta encierra una falsa disyuntiva: Juan Gabriel debía pagar impuestos y México, al mismo tiempo, debe reconocer el valor incalculable de su obra. La cultura no cancela las obligaciones ciudadanas, pero tampoco puede reducirse a una cifra en la contabilidad pública.

Lo que sí sé es que Juan Gabriel es un tesoro nacional. Y los tesoros nacionales no pertenecen solamente a quienes pueden pagar un boleto para contemplarlos.

-Héctor Pérez Rivera

Mtro. Héctor A. Pérez Rivera

Héctor A. Pérez Rivera es abogado por la UNAM, con estudios de posgrado en España, Estados Unidos y Alemania, y certificación de La Haya en investigación de crímenes de guerra y lesa humanidad. Especialista en derechos humanos, formó parte del equipo que representó a las víctimas ante la Corte Interamericana en los casos Campo Algodonero y Digna Ochoa. Fue profesor del ITAM (2013-2021), donde fundó la Clínica de Litigio Penal contra Violaciones Graves a Derechos Humanos, y es autor del libro "La Trata de Personas como Violación grave a los Derechos Humanos". Actualmente es Director Ejecutivo de ACCEDeH y socio de la Firma Legal Pérez Rivera, Salas & Peña.

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