Condenas sin acusador: abogado alerta sobre fallas en el sistema de justicia penal

El litigante Rosendo Gómez expuso los casos de dos hombres que, asegura, fueron condenados por delitos de alto impacto pese a que durante los procesos no existió un señalamiento directo en su contra; llamó a jueces, fiscales y abogados a asumir su responsabilidad para evitar condenas injustas.
La ausencia de un señalamiento directo de las víctimas, inconsistencias en las investigaciones y decisiones judiciales que, a decir del abogado Rosendo Gómez, privilegiaron la gravedad de los delitos por encima del análisis individual de las pruebas son algunos de los problemas que, afirmó, persisten en el sistema de justicia penal mexicano.
Durante una entrevista, el litigante expuso dos casos que actualmente se encuentran en distintas etapas judiciales y cuyos nombres completos decidió reservar debido a que continúan pendientes de resolución.
Gómez explicó que ambos expedientes involucran delitos considerados de alto impacto: secuestro exprés y violación. Aseguró que los casos muestran cómo una persona puede permanecer sujeta a consecuencias penales aun cuando existen elementos que generan dudas sobre su participación.
Seis años preso por un secuestro que, asegura, no cometió
Uno de los casos corresponde a Rafael, un joven que fue detenido en 2020 y acusado de participar en un secuestro exprés ocurrido en el Estado de México.
De acuerdo con el abogado, la acusación señalaba que Rafael, junto con otras dos personas, había despojado de sus pertenencias y de mercancía a un conductor de una camioneta de Ricolino.
Sin embargo, Gómez sostuvo que los videos incorporados a la carpeta de investigación mostraban una circunstancia distinta: los otros dos sujetos habrían cometido el robo y posteriormente, durante su huida, se encontraron con Rafael, a quien conocían y le ofrecieron un aventón.
El abogado afirmó que Rafael habría ingresado al vehículo sin conocer lo ocurrido previamente y posteriormente fue detenido junto con los otros individuos.
Uno de los elementos que, según Gómez, resultó determinante fue el testimonio inicial del conductor, quien habría señalado que solamente dos personas participaron en el robo, pese a que fueron detenidos tres individuos.
“¿Quién es el tercero que sobra? Rafael”, planteó el litigante al explicar la inconsistencia que, desde su perspectiva, debió ser analizada con mayor profundidad.

Gómez cuestionó además que durante el proceso los policías no identificaran plenamente a Rafael como la persona que habían detenido y que la víctima tampoco realizara un señalamiento directo en su contra.
Pese a ello, Rafael fue vinculado a proceso y posteriormente condenado.
La defensa encabezada por Gómez presentó un amparo directo y consiguió que se repusiera el juicio. En el nuevo procedimiento, realizado en 2024, la situación volvió a generar cuestionamientos, pues, de acuerdo con el abogado, la víctima no acudió al juicio y ninguno de los policías pudo establecer claramente quién había detenido a Rafael.
A pesar de estas circunstancias, Rafael volvió a recibir una condena de 18 años de prisión por secuestro exprés.
Actualmente, el caso se encuentra nuevamente en amparo ante un Tribunal Colegiado del Estado de México.
Para Gómez, se trata de un caso particularmente grave porque Rafael lleva aproximadamente seis años privado de la libertad, mientras su defensa sostiene que nunca ha existido una persona que se presente ante un juez para señalarlo directamente como responsable del robo.
Una acusación por violación sin que la víctima señalara al acusado
El segundo caso que expuso el abogado corresponde a Aarón, quien fue acusado del delito de violación en la Ciudad de México.
Gómez aseguró que la defensa logró incorporar a la carpeta de investigación diversos elementos que, desde su perspectiva, ubicaban a Aarón fuera del lugar o de las circunstancias en las que presuntamente habría ocurrido el delito.
Entre ellos mencionó mensajes de WhatsApp y videos de cámaras de seguridad.
Según el litigante, el sitio donde supuestamente ocurrió la agresión contaba con cámaras que registraban los accesos mediante escaleras y elevador, por lo que estos materiales fueron incorporados como parte de la defensa.
Aarón fue vinculado a proceso, aunque permaneció en libertad bajo medidas cautelares.
El caso llegó a juicio oral, pero, de acuerdo con Gómez, la víctima no acudió a declarar.
La defensa tuvo conocimiento, a través de la asesoría jurídica, de que la víctima ya no quería continuar con el proceso. Gómez sostuvo que, desde la perspectiva de la defensa, una posible explicación era que la confrontación entre su declaración y los videos habría generado inconsistencias.
Sin embargo, durante el juicio sí se presentó una psicóloga que había realizado una valoración a la víctima.
El abogado aclaró que no cuestionaba necesariamente la conclusión de la especialista respecto a la existencia de una posible afectación relacionada con violencia sexual, pero sí su alcance para determinar quién había cometido la agresión.

“Le constan los daños, pero no los hechos”, explicó Gómez al referirse al alcance de una evaluación psicológica.
A pesar de que, según la defensa, no hubo un señalamiento directo de Aarón por parte de la víctima durante el juicio, el acusado fue condenado.
La defensa recurrió la sentencia ante una sala penal y posteriormente promovió un amparo.
“¿Cómo puedes tener una sentencia si no tienes una parte acusadora?”
Para Rosendo Gómez, ambos casos tienen un punto en común: la ausencia de un señalamiento directo contra los acusados.
El abogado cuestionó que los órganos jurisdiccionales puedan llegar a una sentencia condenatoria cuando, desde su perspectiva, no existe una persona que atribuya directamente los hechos al acusado.
También criticó que los delitos considerados de alto impacto puedan generar una predisposición en algunos operadores del sistema.
“Al escuchar que es el delito de secuestro exprés hace una predisposición y dice: ‘No puedo dejarlo en libertad’”, planteó respecto del caso de Rafael.
Gómez insistió en que su intención no es señalar públicamente a jueces específicos, sino utilizar estos casos para advertir sobre un problema que, considera, debe corregirse.
“No es decir: ‘Volteen a ver al juez que es maleta’. Quiero que no lo repitamos”, afirmó.
El problema, dijo, no es exclusivo de los jueces
El abogado también rechazó que toda la responsabilidad recaiga en las autoridades judiciales.
Consideró que fiscales, agentes del Ministerio Público, policías de investigación, asesores jurídicos, defensores, jueces, magistrados y abogados particulares forman parte del mismo sistema y deben asumir su responsabilidad.
Incluso defendió el trabajo de los defensores públicos frente a la percepción de que estos profesionales realizan una defensa deficiente.
Gómez sostuvo que, por la cantidad de audiencias que enfrentan, los defensores públicos adquieren una experiencia práctica considerable.
En contraste, señaló que en el caso de Rafael la familia realizó un esfuerzo económico para contratar a un abogado particular, pero, desde su perspectiva, la defensa inicial no realizó un análisis exhaustivo de los elementos existentes en la carpeta.
“El derecho penal debe ser la última ratio”
Durante la entrevista, Gómez amplió su crítica hacia la política criminal mexicana y cuestionó la idea de que incrementar las penas sea suficiente para reducir los delitos.
Recordó el principio de que el derecho penal debe ser utilizado como “última ratio”, es decir, como el último recurso del Estado después de agotar otras vías para solucionar los conflictos.
El abogado consideró que existe una cultura social en la que la cárcel se percibe como la respuesta automática ante cualquier conflicto.

Puso como ejemplo casos familiares, económicos o civiles en los que algunas personas buscan utilizar la amenaza de prisión como mecanismo de presión.
A su juicio, aumentar las penas a decenas o cientos de años no necesariamente resuelve las causas de la criminalidad.
“La cárcel es peor que la muerte” es la idea con la que Gómez buscó dimensionar la importancia de la libertad como uno de los bienes jurídicos fundamentales de las personas.
Por ello, consideró que una política criminal efectiva debe concentrarse en prevención, educación, capacitación y formación, antes que únicamente en incrementar las penas.
Capacitación y educación, claves para cambiar el sistema
Gómez atribuyó parte de las deficiencias del sistema a problemas de formación y capacitación.
Como docente universitario, afirmó haber encontrado estudiantes con deficiencias importantes en lectura y escritura y sostuvo que esas carencias pueden terminar reflejándose posteriormente en el trabajo de abogados, ministerios públicos, asesores y jueces.
Para el litigante, la capacitación de los operadores jurídicos no debe limitarse al estudio de las leyes.
También consideró necesario adquirir conocimientos de psicología, sociología, antropología, comunicación y herramientas de empatía para poder atender adecuadamente a las personas que buscan asesoría legal.
“La gente no debe tener fe en el sistema; el sistema debe funcionar”
Ante la pregunta sobre qué recomendaría a personas que atraviesan procesos judiciales que consideran irregulares, Gómez llamó a los ciudadanos a involucrarse activamente en sus propios procedimientos.

Consideró que los abogados deben explicar a sus clientes las circunstancias de sus casos en un lenguaje comprensible, incluyendo tiempos, riesgos y posibilidades reales.
Si un abogado no puede explicar un procedimiento de manera clara, dijo, el cliente debería considerar buscar otra representación.
También recomendó que las personas investiguen y utilicen herramientas tecnológicas para conocer más sobre sus casos, aunque advirtió que deben hacerlo con cuidado y verificar la información obtenida.
Su principal mensaje, sin embargo, fue que los ciudadanos no deben permanecer ajenos a sus propios procesos.
“Es mi proceso. Estoy pagando”, resumió al defender el derecho de los clientes a conocer y cuestionar el trabajo de sus abogados.
Finalmente, Gómez sostuvo que el derecho debe estar al servicio de la gente, y no convertirse en un lenguaje exclusivo de jueces, fiscales o abogados.
Consideró que las sentencias en lenguaje claro, como las que se han impulsado en casos donde están involucrados menores de edad, demuestran que las decisiones judiciales pueden explicarse de manera comprensible para quienes resultan afectados.
“Cualquier ciudadano que lea una sentencia tiene derecho a entenderla”, sostuvo.
Para el litigante, mejorar el sistema de justicia requiere que todos sus integrantes asuman la responsabilidad de capacitarse, escuchar, tener empatía y, sobre todo, garantizar que nadie sea condenado únicamente por la gravedad del delito que se le atribuye, sino a partir de pruebas suficientes y de un proceso que respete plenamente sus derechos.




