Pagar en efectivo tiene límites: SAT define de cuánto es el máximo permitido

9 de julio de 2026, Ciudad de México.
El Servicio de Administración Tributaria recordó que las restricciones buscan prevenir el lavado de dinero y se calculan con base en la UMA vigente
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió un recordatorio a los contribuyentes sobre la existencia de topes legales para realizar transacciones en efectivo en territorio nacional. Estas disposiciones, enmarcadas en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, forman parte de los mecanismos de fiscalización para combatir el lavado de dinero y la evasión fiscal.
Los montos máximos autorizados para liquidar obligaciones mediante billetes, monedas o metales preciosos se actualizan anualmente conforme al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente para este 2026.
Topes máximos permitidos por tipo de operación
Para el presente ejercicio fiscal, la legislación establece dos tabuladores principales dependiendo del tipo de bien o servicio que se pretenda adquirir:
- Bienes Inmuebles: El límite más alto permitido por la ley se ubica en las 8,025 UMA, lo que equivale a un máximo de 941,412.75 pesos. Cualquier operación de compraventa inmobiliaria que supere esta cifra deberá liquidarse obligatoriamente a través de métodos bancarizados (transferencias electrónicas, cheques, entre otros).
- Vehículos y bienes de lujo: Se fijó un tope general de 3,210 UMA, equivalente a 376,565.10 pesos, aplicable a las siguientes actividades comerciales:
- Compraventa de vehículos nuevos o usados (terrestres, marítimos o aéreos).
- Adquisición de joyería, relojes, obras de arte, piedras y metales preciosos.
- Adquisición de acciones o partes sociales.
- Servicios de blindaje para automóviles o propiedades de uso habitacional y comercial.
- Arrendamiento de inmuebles y vehículos.
- Compra de boletos para juegos con apuesta, sorteos, así como el cobro de sus respectivos premios.
El brazo fiscalizador de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) enfatizó que tanto las personas físicas como morales que realicen o acepten pagos en efectivo por encima de estas restricciones incurren en violaciones a la normativa vigente, por lo que instó a los usuarios de servicios financieros a diversificar sus métodos de pago en transacciones de alto impacto económico.



